El 30 de junio de 2024 se cumplieron tres años de la fecha límite para solicitar la inscripción en el Sistema de registro de ciudadanos de la UE (EU Settlement Scheme o EUSS). Si consideramos que este sistema se implantó en marzo de 2019 (sin contar con el período piloto de finales de 2018), ya ha pasado más tiempo desde la fecha límite de solicitud que el período durante el cual el Home Office (Ministerio del Interior) esperaba que la gente solicitara su condición o estatus migratorio. El hecho de que todavía haya gente intentando conseguir su estatus demuestra que el proceso no era tan sencillo como se esperaba en un principio.
En este artículo reflejamos los principales cambios que se han introducido en el Sistema de registro de ciudadanos de la UE durante los últimos 12 meses y que afectan a los ciudadanos de la UE residentes en el Reino Unido. El sistema de inmigración británico es muy complejo y no es fácil mantenerse al día sin un seguimiento constante.
- Las solicitudes fuera de plazo se han vuelto más difíciles
El 9 de agosto de 2023 entraron en vigor algunos cambios significativos con la actualización del Home Office de las normas de inmigración y las directrices sobre el EUSS para su personal. Todas las solicitudes presentadas a partir de esa fecha deben incluir una explicación clara y pruebas que demuestren los motivos razonables por los que la solicitud se presenta después de la fecha límite del 30 de junio de 2021. Hasta ese momento, el personal del Home Office concedía el beneficio de la duda a quienes presentaban una solicitud y no era tan riguroso a la hora de aceptarlas.
Además, la evaluación de los motivos razonables por los que la presentación se hace fuera de plazo ocurre ahora en la fase de comprobación de la validez de la solicitud, en vez de en la fase de comprobación del cumplimiento de los requisitos. Las implicaciones de este cambio son enormes para quienes presentan una solicitud fuera de plazo.
Hasta entonces, cuando alguien enviaba correctamente su solicitud y demostraba su identidad, recibía un certificado de solicitud que protegía temporalmente su derecho a residir y trabajar hasta que se tomaba una decisión. El Home Office podía tardar bastante tiempo en procesar las solicitudes y decidir si una persona tenía motivos razonables para enviarla fuera de plazo y si cumplía los requisitos para conseguir el estatus (p. ej., si llegó al Reino Unido antes o después del 31 de diciembre de 2020). La decisión de conceder o denegar dicho estatus llegaba a veces después de varios meses viviendo y trabajando en el Reino Unido con el certificado de solicitud.
Ahora, sin embargo, si el Home Office decide que la persona no tenía motivos razonables para presentar su solicitud fuera de plazo, rechazará la solicitud como nula (en vez de denegarla), de tal modo que no cabe la posibilidad de recurrir la decisión. Ya no se emite un certificado de solicitud antes de evaluar los motivos razonables.
Aunque la intención del Home Office era llenar el vacío legal que permitía a algunas personas llegadas al Reino Unido después el período de transición usar el certificado de solicitud para trabajar, la realidad es que este cambio ha creado más barreras para quienes residían en el Reino Unido antes del 31 de diciembre de 2020 y no obtuvieron el estatus por culpa de varios obstáculos, como pueden ser las barreras lingüísticas y de acceso a las TIC, un estilo de vida desorganizado o una situación de vulnerabilidad, como el maltrato en el hogar. A muchas de estas personas les puede resultar difícil reunir las pruebas o presentar una solicitud sin comprender claramente el proceso.
Tenemos el convencimiento de que, sin la ayuda de organizaciones de apoyo como la nuestra, es casi imposible para la mayoría de esas personas presentar una solicitud fuera de plazo y conseguir que sea aceptada como válida.
- Se ha eliminado la opción de presentar recursos administrativos para el Sistema de registro de ciudadanos de la UE
Al poco tiempo se produjo otro cambio significativo: a partir del 5 de octubre de 2023, se eliminó el derecho a presentar un recurso administrativo contra las decisiones relativas al Sistema de registro de ciudadanos de la UE (EUSS). Desde esa fecha, la única manera de impugnar la denegación o cancelación del estatus de asentado (settled status) o preasentado (pre-settled status) consiste en presentar un recurso ante el First-Tier Tribunal (órgano judicial de primera instancia para asuntos administrativos).
Este cambio ha complicado el proceso, porque las personas solicitantes ahora necesitan representación jurídica, pero hay muy pocos abogados de inmigración disponibles para asistirles. Si bien tienen la posibilidad de representarse a sí mismas para presentar su recurso, este proceso puede resultar intimidante y complejo.
- Se ha ampliado la fecha de vencimiento del estatus de preasentado
Afortunadamente, no todos los cambios han sido negativos para los ciudadanos y ciudadanas de la UE. A raíz de una sentencia del Tribunal Superior (High Court), el Home Office se vio obligado a garantizar los derechos de las personas con la condición de preasentadas. Las personas que no hubieran solicitado el estatus de asentado y cuyo estatus de preasentado estuviera a punto de caducar corrían el riesgo de perder su derecho a residir en el Reino Unido, lo que habría vulnerado el Acuerdo de Retirada.
En consecuencia, a partir de septiembre de 2023, el Home Office empezó a ampliar 2 años el plazo de vencimiento del estatus de preasentado. En mayo de 2024, se volvió a ampliar a 5 años.
El Home Office revisa su base de datos a principios de cada mes para identificar los perfiles con el estatus de preasentado que van a vencer en ese mes y aplicarles automáticamente la prórroga. Aquellas personas a quienes se les haya ampliado el estatus deberían recibir una notificación por correo electrónico.
Sin embargo, recomendamos a quienes tengan la condición de preasentado que comprueben su perfil digital para asegurarse de que se les haya ampliado la fecha de vencimiento. Si les surge cualquier problema durante este proceso, les animamos a enviarnos un correo a info@citizensrightsproject.org para recibir ayuda.
Además, recomendamos informar de cualquier problema a the3million, una organización que reúne pruebas sobre los problemas técnicos relacionados con el EUSS, así como presentar una queja a la Independent Monitoring Authority (IMA).
Según el Home Office, quienes ya hayan recibido una prórroga de 2 años no recibirán la ampliación de 5 años debido a los cambios simultáneos del EUSS.
Aunque estas ampliaciones ofrecen una mayor seguridad a largo plazo a las personas con el estatus de preasentado, nuestra recomendación es siempre solicitar el estatus de asentado en cuanto se alcancen los 5 años de residencia continuada en el Reino Unido.
- A las empresas no se les muestra la fecha de vencimiento del estatus de preasentado
En mayo de 2024, además de ampliar la prórroga del estatus de preasentado a 5 años, el Home Office eliminó la fecha de vencimiento de la confirmación del estatus que podían consultar las empresas contratantes, los arrendadores o cualquier otra persona que usara el código para compartir (share code) para comprobar el derecho a residir de una persona. La fecha de vencimiento sigue estando visible para cada persona cuando inicia la sesión en su perfil digital.
Como resultado de este cambio, las empresas contratantes ya no tendrán que volver a comprobar el derecho a trabajar de las personas con el estatus de presentado durante el tiempo que dure el contrato.
- Cambios en las normas de ausencia para quienes tienen el estatus de presentado
A partir del 21 de mayo de 2024, se puede cancelar automáticamente el estatus de presentado de las personas que estén ausentes del Reino Unido durante 5 años. Se trata de una ampliación del plazo anterior de 2 años.
Sin embargo, esa norma no es aplicable a las personas que ya hayan estado ausentes más de 2 años antes de esa fecha. Quienes hayan vivido fuera durante menos de 2 años antes del 21 de mayo de 2024 pueden acogerse a esta ampliación y mantendrán su estatus de presentado a menos que su ausencia supere los 5 años.
Es fundamental tener en cuenta que cualquier persona con el estatus de preasentado que aspire a conseguir el de asentado en un futuro deberá haber residido de forma continuada en el Reino Unido durante 5 años. Si bien las ausencias más prolongadas sin justificación por razones de peso no implican necesariamente la pérdida del estatus de presentado, sí que pueden afectar a su capacidad de demostrar los 5 años de residencia continuada necesarios para conseguir el estatus de asentado.
- Cambio automático del estatus de presentado al de asentado
El Home Office ha declarado que procurará cambiar automáticamente el estatus de presentado al de asentado siempre que sea posible. Se supone que para ello comprobarán automáticamente los números de la seguridad social británica (NIN) de las personas inscritas en la base de datos digital para determinar, a través de su vida laboral, si llevan más de cinco años residiendo en el Reino Unido, pero no sabemos exactamente cómo se llevará a cabo este proceso ni en qué momento de 2024 ocurrirá.
De momento, nuestra recomendación firme es no confiar en ese proceso automático y encargarse personalmente del cambio. Es muy improbable que quienes no compartieron su número NIN en la solicitud del estatus de preasentado o no han tenido una vida laboral continua reciban el estatus de asentado de forma automática, por lo que serán muchas las personas que tendrán que volver a presentar una solicitud por su cuenta para conseguir el estatus de asentado.
Todavía no sabemos cómo tratará el Home Office a las personas con el estatus de presentado que hayan tenido ausencias prolongadas superiores a dos o cinco años, o que no dispongan de pruebas de su residencia.
- Derechos de residencia permanente
Otro resultado de la sentencia del Tribunal Superior de diciembre de 2022 es que una persona adquiere los derechos de residencia permanente en el Reino Unido si tiene el estatus de presentado y ha mantenido cinco años de residencia legal continuada en el Reino Unido (aunque no haya solicitado el estatus de asentado).
Anteriormente, solo las personas que tenían el estatus de asentado podían disfrutar de los derechos de residencia permanente.
La residencia legal continuada significa que la persona no solo ha vivido en el Reino Unido durante ese tiempo, sino que además ha ejercido los derechos de libre circulación de la UE, como trabajar, estudiar o ser autosuficiente.
Una vez que una persona con el estatus de presentado es capaz de demostrar su residencia legal continuada en el Reino Unido durante cinco años, puede disfrutar de los derechos de la residencia permanente.
La residencia permanente sirve para demostrar el derecho a:
- Obtener la ciudadanía británica
- Registrar a su hijo/a como ciudadano o ciudadana británica
- Tener un/a bebé que tenga automáticamente la ciudadanía británica
- Pasar la prueba del «derecho a residir» para acceder a los fondos públicos
Para obtener información más detallada, recomendamos la lectura de las preguntas y respuestas elaboradas por the3million acerca de los cambios más recientes en el Sistema de registro de ciudadanos de la UE. Puede hacer clic en el botón siguiente para acceder: