Recursos e información sobre el derecho a la educación de los ciudadanos de la UE, el EEE y Suiza, y sus familias

El derecho a la educación de los niños y niñas

El derecho a la educación en Escocia está contemplado en el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Su definición incluye de forma expresa a los menores de acuerdo con la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU.

TODOS los niños y niñas tienen derecho a asistir a la escuela. Es responsabilidad de los progenitores que todos sus hijos e hijas reciban una educación, ya sea asistiendo a la escuela o mediante la educación en casa.

  • El derecho a una educación de calidad está reconocido en Escocia. Los niños y niñas tienen derecho a la educación gratuita entre los 4 y los 18 años en los centros de educación primaria y secundaria.
  • Los menores tienen derecho a que la escuela les ofrezca apoyo educativo cuando sea necesario para facilitar su aprendizaje; por ejemplo, si les cuesta hablar inglés o no lo hablan.
  • Los niños y niñas suelen asistir al centro de enseñanza primaria o secundaria más cercano a su domicilio. El ayuntamiento municipal (local council) puede informarle sobre el centro que le corresponderá a su hijo/a según donde viva. En este enlace puede buscar más información sobre su ayuntamiento. https://www.mygov.scot/register-your-child-for-a-school
  • Los mayores de 12 años tienen derecho a tomar parte en las decisiones relacionadas con su educación y con el apoyo que reciben.
  • En este enlace encontrará más información sobre los requisitos de visado para inscribir a su hijo/a en un centro escolar independiente.

Menores refugiados o solicitantes de asilo

Los menores solicitantes de asilo, refugiados o sujetos a controles migratorios tienen derecho a recibir una educación preescolar y escolar ofrecida por su ayuntamiento. Tienen el mismo derecho a la educación que los menores escoceses residentes en el país.

Los ayuntamientos tienen la obligación de garantizar suficientes plazas escolares para todos los menores en edad de escolarización obligatoria de su municipio, aunque tengan necesidades educativas especiales. Esta obligación jurídica es aplicable sea cual sea el estatus migratorio o el derecho de residencia del menor.

El servicio escocés de tutela (Scottish Guardianship Service) permite a los menores no acompañados solicitantes de asilo recibir apoyo personalizado desde el momento de su llegada, lo que incluye el apoyo educativo. En este enlace encontrará más información sobre el Scottish Guardianship Service: https://www.scottishrefugeecouncil.org.uk/direct-support/children-and-young-people/

Educación superior

Sistema de registro de ciudadanos de la UE (EUSS)

Si reside en Escocia en virtud del EUSS, tiene automáticamente derecho a estudiar en Escocia (la fecha límite para solicitar la inclusión en el EUSS fue el 30 de junio de 2021, pero aún puede enviar su solicitud si no lo ha hecho todavía si: usted o alguno de sus familiares es de la UE, Suiza, Noruega, Islandia o Liechtenstein; tiene una fecha límite posterior; o tiene «motivos razonables» (reasonable grounds) por los que no pudo presentar la solicitud antes del 30 de junio de 2021).

Puede inscribirse en los programas de educación superior a través de la página web de UCAS, que también ofrece orientación sobre cómo inscribirse (how to apply).  Para obtener información más específica para la inscripción acorde a su estatus migratorio, puede consultar la página web de UKCISA.

Ayuda económica 

Si cuenta con el estatus de preasentado (pre-settled status) o asentado (settled status) es posible que pueda recibir una beca durante sus estudios que incluya el pago (total o parcial) de la cuota de matrícula, las tasas académicas y una ayuda de manutención.

  • Si tiene el estatus de asentado, tendrá que poder demostrar que lo tiene y que ha vivido en el Reino Unido (o las islas del Canal o de Man) durante al menos 3 años antes de la fecha de inicio del curso.
  • Si tiene el estatus de preasentado tendrá que poder demostrar que lo tiene y acreditar su identidad y que ha vivido en el Reino Unido (o Gibraltar/UE/Islandia/Liechtenstein/Noruega/Suiza) durante al menos 3 años antes de la fecha de inicio del curso.

Puede solicitar la beca a través de Student Award Agency Scotland (SAAS). Envíe su solicitud al SAAS en este enlace.

Visados

Visado de estudiante: puede solicitar un visado de estudiante para estudiar en el Reino Unido si es mayor de 16 años, se le ha ofrecido una plaza en un curso impartido por un patrocinador de estudiantes con licencia del Home Office (Ministerio del Interior), tiene suficiente dinero para financiar su estancia y pagar su curso, sabe hablar, leer, escribir y entender la lengua inglesa, y cuenta con el consentimiento de sus padres si tiene 16 o 17 años.

En este enlace encontrará más información del Gobierno británico sobre los visados y el EUSS.

Solicitantes de asilo

Las personas solicitantes de asilo no tienen ninguna restricción legal para acceder a la educación superior. Deben satisfacer los requisitos académicos para que les ofrezcan una plaza. Sin embargo, el acceso a la educación superior está restringido en cuanto a la posibilidad para los solicitantes de asilo de obtener tasas académicas gratuitas y financiación de los gastos de transporte y estudio.

Este tipo de ayudas solo se ofrecen para:

  • Un curso a tiempo parcial o completo de inglés para hablantes de otros idiomas (ESOL).
  • Cursos avanzados o no avanzados a tiempo parcial (si los solicitantes de asilo desean inscribirse en otros cursos, se les cobrarán las tarifas de estudiante internacional). En este enlace encontrará más información sobre los cursos admitidos.

Refugiados/Protección humanitaria/Permiso de permanencia por motivos discrecionales

Las personas con el estatus de refugiado o con un permiso de protección humanitaria o de permanencia en el Reino Unido por motivos discrecionales pueden acceder a la educación superior según los mismos criterios que los residentes en Escocia. Tienen el mismo estatus que los estudiantes «nacionales» en cuanto a las tasas académicas y a las becas y préstamos de la Student Award Agency for Scotland. Deben cumplir las mismas condiciones que los demás estudiantes que residen en Escocia siempre que:

  • Hayan sido residentes en el Reino Unido desde que se les concedió el estatus migratorio.
  • Residan de forma habitual en Escocia. Los refugiados están exentos de cumplir la norma de residencia de tres años para ser considerados «estudiantes nacionales».

Otros recursos

Scottish Refugee Council (Consejo escocés para los refugiados): https://www.scottishrefugeecouncil.org.uk/direct-support/ 

Visados para estudiantes y graduados: – https://www.scotland.org/study/how-to-apply/study-and-graduate-visas  

Informe de Unicef sobre el derecho a la educación en el Reino Unido: – https://www.unicef.org.uk/wp-content/uploads/2018/09/UNICEF-UK-POLICY-POSITION-Scotland-1.pdf